El Parlamento Europeo ha decidido posponer la entrada en vigor de dos nuevas normativas: la Directiva sobre Información Corporativa en Materia de Sostenibilidad (CSRD) y la Directiva sobre Diligencia Debida en Materia de Sostenibilidad Empresarial (CSDDD).
La medida, aprobada el 3 de abril de 2025, forma parte de un esfuerzo más amplio de la UE por simplificar la legislación. Además, responde al objetivo de ofrecer más tiempo a las empresas para adaptarse sin asumir costes desproporcionados ni enfrentar inseguridad jurídica.
Conocida como la iniciativa stop the clock, esta decisión supone un cambio significativo en el calendario legislativo europeo y abre un nuevo escenario en el que se replantean tanto los plazos como el alcance de estas obligaciones.
En este artículo repasamos los motivos de este aplazamiento, los elementos concretos afectados y los cambios que se prevén en el contenido de la normativa.
Motivos del aplazamiento y antecedentes
El principal motivo de este aplazamiento es ofrecer a las empresas más tiempo para adaptarse a los nuevos requisitos normativos, evitando costes excesivos y posibles incertidumbres legales. En concreto, el Parlamento Europeo ha aprobado la modificación de las directivas CSRD y CSDDD, ampliando los plazos de implementación previstos, tras escuchar las inquietudes de varios sectores económicos y algunos Estados miembros.
Las normas afectadas tienen como finalidad reforzar el compromiso de las grandes corporaciones con la sostenibilidad ambiental y social, exigiéndoles transparencia en sus operaciones, así como en sus cadenas de suministro. Sin embargo, la complejidad de su aplicación, junto con el temor a una sobrecarga administrativa para muchas empresas, ha llevado a las instituciones europeas a pulsar el botón de pausa temporalmente.
Esta decisión pretende dar margen para alcanzar un equilibrio entre la ambición regulatoria de la UE y la viabilidad práctica de su aplicación, sin renunciar al fondo de las reformas.
Aplazamientos principales
El aplazamiento afecta a dos pilares de la legislación europea sobre sostenibilidad corporativa:
1. CSRD (Directiva sobre Información Corporativa en Materia de Sostenibilidad)
Esta norma obliga a las empresas a informar de forma detallada sobre el impacto de su actividad en el medio ambiente, los derechos humanos y otros factores sociales, conforme a estándares de transparencia mucho más exigentes que los marcos previos.
La aplicación de esta directiva se aplaza para determinadas categorías de empresas.
Por un lado, las grandes compañías con más de 250 empleados comenzarán a presentar sus informes de sostenibilidad en 2028, correspondientes al ejercicio fiscal 2027, en lugar de 2026.
Del mismo modo, las pequeñas y medianas empresas cotizadas (pymes en bolsa) entregarán su primer informe en 2029, en vez de 2027.
2. CSDDD ( Diligencia Debida en Materia de Sostenibilidad Empresarial)
Esta norma exige que las grandes empresas identifiquen, prevengan y mitiguen los posibles efectos negativos sobre los derechos humanos y el entorno natural en toda su cadena de valor.
Su entrada en vigor se pospone un año, permitiendo a los Estados miembros transponerla a su legislación nacional hasta julio de 2027.
La primera oleada de empresas afectadas –aquellas de la UE con más de 5.000 empleados y 1.500 millones de euros en facturación (y equivalentes extracomunitarias)– deberá ahora cumplir con la diligencia debida a partir de 2028, en lugar de 2027.
Igualmente, la segunda oleada –empresas con más de 3.000 empleados y 900 millones en facturación– también comenzará en 2028, en lugar de 2027.
En esencia, todas las grandes empresas cubiertas por la directiva tendrán un año adicional antes de tener que aplicar estos procesos.
¿Qué beneficios aporta este aplazamiento en el corto y medio plazo? Para las empresas, este retraso representa un alivio para quienes todavía no disponen de los recursos técnicos, humanos o económicos para cumplir con las nuevas obligaciones. También da margen para que los legisladores ajusten y aclaren determinados aspectos del marco normativo, reduciendo el riesgo de litigios derivados de interpretaciones ambiguas o implementaciones apresuradas.
Modificaciones en la directiva sobre diligencia debida
La Directiva de Diligencia Debida (CSDDD) ha sido uno de los textos más controvertidos del paquete legislativo sobre sostenibilidad empresarial. Tras intensas negociaciones, la versión aprobada en marzo de 2024 ya introducía modificaciones sustanciales respecto al borrador original, como:
- La reducción del número de empresas obligadas, al elevarse los umbrales de tamaño y facturación.
- La exclusión del sector financiero en buena parte de sus actividades.
- El foco limitado a los proveedores directos, reduciendo el alcance efectivo de la supervisión en toda la cadena de suministro.
Estas concesiones, junto con el nuevo aplazamiento, han generado preocupación entre organizaciones sociales y medioambientales, que alertan del riesgo de desnaturalizar el espíritu original de la normativa.
A pesar de las críticas, las instituciones europeas insisten en que esta pausa responde a una necesidad técnica y operativa, no a una renuncia a los objetivos.
El verdadero reto ahora será mantener el impulso político y asegurar que este paréntesis no se traduzca en una pérdida de ambición en materia de sostenibilidad y responsabilidad empresarial. La credibilidad del compromiso europeo con la transición verde y el respeto a los derechos humanos también está en juego.
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